top of page

Instituto Superior Tecnológico Juan Bautista Aguirre

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

​

El Ministerio de Educación y Cultura considerando  que el Lcdo. Rolando Carrera Villao, rector del Colegio Fiscal “Juan Bautista Aguirre” de la ciudad de Daule, provincia del Guayas, mediante oficio #234-DF-JBA-R de 21 de septiembre  dirigido a la señora directora provincial de Educación del Guayas, solicita autorización para transformar al colegio a la categoría de Instituto Técnico Superior, con el funcionamiento del ciclo  post bachillerato, especialización Análisis de Sistemas a partir del año lectivo 1995-1996, régimen Costa, jornada nocturna acuerda según oficio # 642, que el colegio fiscal “Juan Bautista Aguirre” de la ciudad de Daule, provincia del Guayas se eleve a la categoría de Instituto Técnico Superior con el funcionamiento del ciclo post bachillerato, especialización Análisis de Sistemas, a partir del año escolar 1995-1996, régimen costa, jornada nocturna. También autoriza que el Instituto en mención utilice para la especialización de análisis de sistemas el plan de estudio constante en el acuerdo ministerial #3749 de 24 de agosto de 1990 y, otorgue el título de Técnico Superior en la especialización requerida a los estudiantes que aprueban el régimen académico de dos años de estudio post bachillerato. Firmado en Quito el 6 de febrero de 1996.

De acuerdo al oficio 01333 del día 10 de noviembre de 1997 en la ciudad de Guayaquil, La Subsecretaria Regional de Educación considerando que la Dirección Provincial de Educación del Guayas remite la documentación del Instituto Técnico Superior Fiscal “Juan Bautista Aguirre”, ubicado en el cantón Daule, representada por el señor Lcdo. Rolando Carrera Villao, en calidad de rector del plantel, solicita la ampliación de servicios educativos post-bachillerato, especialización Contabilidad Bancaria, con el primero y segundo curso, jornada nocturna, a partir del año lectivo 1997-1998, resuelve legalizar los estudios efectuados por los alumnos que asisten al primero y segundo curso de ciclo post-bachillerato, especialización contabilidad Bancaria, jornada nocturna y disponer que la Dirección Provincial de Educación del Guayas, reconozca matrículas, calificaciones y todo lo actuado durante el año lectivo 1997-1998, autoriza también al Instituto Técnico Superior Fiscal “Juan Bautista Aguirre”, del cantón Daule, provincia del Guayas, el funcionamiento de la especialización Contabilidad Bancaria con primero y segundo cursos, jornada nocturna, a partir del año lectivo 1997-1998. Se faculta al Instituto Técnico Superior Fiscal “Juan Bautista Aguirre” del cantón Daule, provincia del Guayas, conceder el título de Técnico Superior en la especialización Contabilidad Bancaria a los alumnos que cumplan con todo lo requerido para el efecto.

De acuerdo al oficio 00414 del día 15 de octubre de 1998 en la ciudad de Guayaquil,  La Subsecretaria Regional de Educación considerando que la dirección Provincial De Educación del Guayas remite la documentación del Instituto Técnico Superior Fiscal “Juan Bautista Aguirre”, ubicado en el cantón Daule, representada por el señor Lcdo. Rolando Carrera Villao, en calidad de rector del plantel, solicita la autorización de funcionamiento del primero y segundo curso del ciclo Post-bachillerato, especializaciones: Administración de Empresas y Programación de Sistemas, jornada nocturna, a partir del año lectivo 1998-1999,  resuelve autorizar al Instituto Técnico Superior Fiscal “Juan Bautista Aguirre” del cantón Daule, provincia del Guayas, el funcionamiento del primero y segundo cursos de ciclo Post-bachillerato en forma progresiva, especializaciones: Administración de Empresas y Programación de Sistemas, jornada nocturna, a partir del año lectivo 1998-1999. También se faculta al Instituto Técnico Superior Fiscal “Juan Bautista Aguirre” del cantón Daule, provincia del Guayas, conceder el título de Técnico Superior, en las especializaciones de Administración de Empresas y Programación de Sistemas, jornada nocturna, a los alumnos que cumplan con todo lo requerido para el efecto.

Según el oficio 003553 con fecha 3 de agosto del 2010 dirigida al abogado Venancio Herrera Camba Rector del Instituto tecnológico Superior “Juan Bautista Aguirre”, firmado por el Dr. Medardo Luzuriaga Zurita, Secretario del CONESUP; el Sr .Presidente del Consejo Nacional de Educación Superior, Dr. Gustavo Vega, en cumplimiento de la resolución RCP.S09.No.199.09, a través de la resolución presidencial No 129-CONESUP.PR, y con base en el informe favorable de la Comisión Académica de Nivel Superior Técnico y Tecnológico del CONESUP, aprobó mediante  resolución RCP.S10.No.319.10, de 16  de julio del 2010, la categorización del Instituto Técnico Superior “Juan Bautista Aguirre” a Tecnológico Superior en virtud de que dicha institución ha cumplido con todos los requisitos previstos en la disposición transitoria novena y décima del “Reglamento General de los Institutos Superiores Técnicos y Tecnológicos del Ecuador” y normativa vigente de educación superior por tanto reúne las condiciones necesarias para el funcionamiento de las carreras de Administración de Empresas, Análisis de Sistemas, Contabilidad Bancaria, Programación de Sistemas en las cuales se otorga el título de Técnico Superior.

El Instituto podría solicitar al CONESUP la aprobación de las carreras antes citadas para otorgar títulos de Tecnólogos, previa la presentación de proyectos individuales de las mismas, y el procedimiento establecido para este efecto, conforme a la reglamentación vigente.

Con fecha Quito, 29 de mayo de 2012, se emitió oficio mediante acuerdo Interinstitucional 2012-001- del 3 de mayo de 2012, suscritos por los señora Ministra de Educación y Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e innovación, emite la normativa para la administración de los institutos superiores, Técnicos, tecnológicos, pedagógicos y conservatorios superiores de música y artes determinando entre los siguientes 

En el capítulo 1 DE LA ADMINISTRACION Art. 1. Se señala que la SENESCYT previo al análisis respectivo declara a los institutos superiores, Técnicos, Tecnológicos y conservatorios superiores de música y artes como unidades administrativas y solicitara al Ministerio de Finanzas su creación.

En el Art. 2 se indica que el Ministerio de Educación, en un plazo de 30 días transferiría a la SENESCYT el presupuesto de los Institutos Superiores, técnicos, tecnológicos pedagógicos conservatorios de música y artes que actualmente cuenten con formación exclusivamente en el nivel, superior incluyendo las partidas del personal a nombramiento cuya carga horaria pertenece a la Educación Superior.

Publicación4.png

  Áreas de Experiencia

  • Técnico en Análisis de Sistemas

  • Técnico en Contabilidad Bancaria

  • Técnico en Administración de Empresas

  • Técnico en Programación de Sistemas

  • Tecnología en Procesamiento de Alimentos

  • Tecnología en Seguridad y Prevención de Riesgo Laboral

  • Técnico en Seguridad Penitenciaria

  • Técnico en Seguridad Ciudadana y Orden Publico

  • Tecnología en Desarrollo de Software

  • Tecnología en Ensamblaje y Mantenimiento de Equipos de Computo

ECBlEG7XYAEf-H7.jpg
bottom of page